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Ref: FS8.052JD
Local comercial en Venta
Jerez de la Frontera, norte
Características
- Estado de Conservación: Buen estado
- Aseos: 1
- Superficie Útil: 28 m2
- Superficie Construida: 30 m2
- Terraza
- Antigüedad: 1982
- Altura: 1
- Ascensor
- Orientación: Sureste
- Suelos: Mármol
- Luz
- Agua
- Distancia al mar: 15000
Certificado Energético
- Calificación Energética: tramites
- Calificación Energética Emisiones: tramites
Precio: 75.000 €
Fantástica inversión en local de 30 m2 en una zona privilegiada con inquilino y contrato de larga duración ~Torres de Córdoba , 30 metros con amplio escaparate en zona de paso. ~Cuenta con aseo y zona de probador o almacenaje. ~Inquilino con RENTABILIDAD DEL 6 %~No deje pasar esta ganga en un sitio extraordinario INMEJORABLE. ~~¡Es la inversión que buscaba!, venga a verlo, y saque la rentabilidad que necesita~Una gran oportunidad de conseguir tener una inversión segura, NO SE LO PIENSE MÁS Y PREGÚNTENOS ~~Gastos e Impuestos~NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA~Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.~Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.~~En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.~El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.~Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la formalización del contrato.












